el siguiente articulo de los ingresos de personas morales veremos cuales aplican para la acumulación:
De conformidad al artículo 16 Ley Impuesto Sobre la Renta son ingreso :
ACUMULABLES:
- Efectivo
- Bienes
- Servicio
- Crédito
- Cualquier otro tipo
- Establecimientos extranjeros
- Ajuste anual por inflación
OTROS INGRESOS ACUMULABLES
- Ingresos determinados, inclusive presuntivamente.
- Ganancia por pago en especie.
- Bienes que se quedan en beneficio de propietario de inmuebles.
- Ganancias por enajenación de bienes, fusión, escisión.
- Recuperación de créditos incobrables.
- Recuperación por seguros, fianzas o responsabilidades a cargo de terceros.
- Cantidades para efectuar gastos por cuenta de terceros.
- Intereses devengados a favor y moratorios.
- Prestamos, aportaciones o aumentos de capital mayores a 600,000
- Intereses devengados a favor de residentes en el extranjero.
NO INGRESO:
- Aumento de capital.
- Pago de pérdidas por accionistas.
- Primas obtenidas en colocación de acciones.
- Valuar acciones con método de participación.
INGRESOS DEL EXTRANJERO:
Atribuibles a establecimientos permanentes en el país la simple remesa de la oficina central, no ingreso atribuible.
a continuación les adjuntamos un vídeo de los ingresos acumulables de personas morales;
NO ACUMULABLE:
- Dividendos o utilidades de otras personas morales.
- Ingresos por apoyos a través de programas de la federación o entidades federativas.
Con esto terminamos recuerda «lo que de raíz se aprende nunca del todo se olvida» por Lucio Anneo Séneca. Invierte en tu aprendizaje.
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