Aprendamos a continuación por qué la nómina pagada en efectivo es deducible. Es importante puntualizar que aprender las cosas con fundamento siempre será importante y no hacer las cosas sin el saber el porqué.
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Ahora bien es importante enfatizar que el concepto de erogaciones efectuadas por salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado es referida en el artículo 94 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
Dichas erogaciones efectuadas pagadas en efectivo por concepto de nómina podrán ser deducibles y esto lo encontramos en el reglamento de la ley del Impuesto Sobre la Renta que a la letra dice:
Artículo 43. Para efectos del artículo 27, fracción III de la Ley, las erogaciones efectuadas por salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado a que se refiere el artículo 94 de la Ley, pagadas en efectivo podrán ser deducibles, siempre que además de cumplir con todos los requisitos que señalan las disposiciones fiscales para la deducibilidad de dicho concepto, se cumpla con la obligación inherente a la emisión del comprobante fiscal correspondiente por concepto de nómina.
Del artículo anterior para las erogaciones efectuados por salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado destacamos lo siguiente:
- El artículo 27 fracción III de la Ley del Impuesto sobre la Renta habla de unas de las varias deducciones que los contribuyentes podrán efectuar y es gastos netos de descuentos, bonificaciones o devoluciones.
- Las erogaciones efectuadas por salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado pagadas en efectivo podrán ser deducibles.
- Cumplir con todos los requisitos que señalan en las disposiciones fiscales para la deducibilidad.
- La emisión del comprobante fiscal correspondiente por concepto de nómina.
- La nómina pagada en efectivo es deducible
- La nómina puede ser pagada en efectivo
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